Actualización: Estamos recibiendo muchos mensajes de correo electrónico preguntando ¿Porque no he cobrado el paro este mes?. Aunque la gran mayoría eran personas que estaban en situación de ERTE y este mes, no han cobrado todavía, cuando se venía pagando entorno al día 3 del mes que corre.
Si eres cliente de La Caixa, te recomendamos ver nuestros articulos sobre a que hora paga la Caixa el Paro y cómo pedir un adelanto del paro en La Caixa.
Por ello os queremos actualizar con la última información que manejamos. Si estas en ERTE, probablemente, no hayas cobrado este mes como venias haciendo en los meses pasados y esto es debido a que el SEPE ha actualizado el procedimiento de gestión y pago de los ERTES.
Lo primero que debemos recomendarte es que consultes nuestro articulo sobre cómo ver el estado de tu ERTE. Ahí podrás ver el estado del mismo y después te invitamos a ver nuestro articulo ¿Porque no he cobrado el ERTE?. Ahí resolvemos todas tus dudas.
En cambio, si tu situación no es un ERTE, sino que estas en situación de desempleo y cobrando paro, pero a día de hoy aún no se te ha pagado, sigue leyendo para ver los posibles casos.
En cualquier caso, te recomendamos que contactes con el SEPE directamente para resolver tu caso.
Debes de tener el conocimiento de que el paro es una situación en la que se encuentran las personas desempleadas, a estas personas, el Estado les otorga un tipo de subsidio para así poder seguir viviendo y cumpliendo con las necesidades básicas.
Para entrar en este grupo de personas las cuales son las beneficiadas por este tipo de prestación debes de realizar la solicitud y la inscripción de la misma en el Servicio de Empleo Autónomo, en la localidad en donde residas, notificando a este ente que te encuentras en situación de desempleo.
De acuerdo a tu situación actual, se te acreditara a tu nombre unas ayudas económicas, cuyo monto monetario puede variar, esto dependiendo de tu caso y tu situación. En la mayoría de los casos esto se cobra mensualmente, a excepción de algunos casos que esto puede variar.
Es muy importante que la persona beneficiada este pendiente de sellar el paro, pues no solo es necesario conocer la fecha de costo, en algunos casos puede ocurrir que el pago que se acredita no es el acordado, esto puede ser por diversos aspectos que pueden influir en la variación del mismo, pueden ser algún tipo de sanción por incumplimiento o por algún tipo de descuento por pagos indebidos. Es importante que en caso de que se presente esta situación sepas cual área es la que se adapta a la situación para así poder justificarlo y resolver dicho problema.
Puede que llegues a final del mes y el cobro del paro y no se te haya acreditado, esto puede ser debido a muchos factores, una de las razones más comunes por las cuales a final del mes no recibes el pago es porque este se realizó un sábado, por lo que debes de esperar el fin de semana hasta el día hábil lunes para que la entidad bancaria procese el pago y se acredite a tu cuenta. Otra de las causas por las cuales no se te ha acreditado el pago es por causa de la Seguridad Social, por la razón de que este te haya considerado en la condición de una capacidad absoluta para trabajar. Esto quiere decir que las prestaciones que comenzaras a recibir ya no serán por parte del SEPE, sino que estas prestaciones serán por la Seguridad Social.
En caso de una retención del paro o en su caso lo que se considera como una no renovación, esto tiene su razón y es porque el Servicio Público de Empleo Estatal, el SEPE, realiza la suspensión de las prestaciones, esto puede ser por diversas razones, pero la más común es porque la persona no solicito su renovación. Igualmente en caso de recibir menos cantidad monetaria en algunos meses puede ser porque el Servicio Público de Empleo Estatal, haya detectado que en algún mes se realizó un pago con una cantidad mayor que no era correspondiente. Lo que quiere decir que si un mes cobras menos, esto es una compensación de otros meses, igualmente ocurre en caso contrario de cobrar menos por otra razón en otros meses se te abonara mayor cantidad para compensar.
Esto podrá originar que el ente retenga esta cuantía, hasta el momento que se cubra el importe que este pendiente, todo esto se te será notificado al beneficiarlo, mediante el correo enviado a la dirección que el beneficiado haya suministrado. Todo esto se puede evitar si antes efectuar una petición de fraccionamiento del pago, esto se gestiona mediante una cita en la sede electrónica del SEPE, cabe destacar que en esta cita igualmente deberá de proporcionar datos como los ingresos que percibes actualmente y el método para fraccionar el pago en la cantidad de meses.
En el caso de una sanción, estas también pueden relacionarse con motivos por los cuales puedes dejar de cobrar este subsidio, esto puede ser por un periodo temporal, o en el peor de los casos de manera permanente. La razón por la cual se dejaría de cobrar puede ser por no asistir para realizar el sello de este para en la fecha que se establece en la tarjeta de demanda de empleo. Cabe destacar que en caso tal de no poder hacer esta renovación de forma presencial puedes realizar este proceso mediante internet en la página web de la oficina de empleo. También esta situación se puede deber a que no realizada debidamente una modificación de estatus del desempleado, lo que haría que este se dejara de cobrar temporalmente.
En referencia a infracciones, la ley vigente establece que el incumplimiento del compromiso acordado entre el beneficiado y el ente que sería el Servicio Público de Empleo Estatal, esto puede llevar a consecuencias de faltas de gravedad, lo que quiere decir que esto se puede deber a ingresar en este tipo de prestación y no sellar el paro a tiempo, no manteniendo así su vigencia. Estas sanciones se envían mediante correo a la dirección que el beneficiado haya suministrado al SEPE, estas se puede clasificar en:
Leve: En este nivel se perdería un mes de cobro por la primera vez que este no se renueve, el segundo caso en este sería nivel seria la suspensión del mismo por tres meses. El tercer caso de este acarrearía la suspensión del mismo por seis meses. Si ocurre una cuarta vez esto traería la consecuencia de la pérdida total y permanente del subsidio.
Grave: Se considera como grave a aquellas sanciones en las cuales las consecuencias son no cobrar por unos tres meses, en el caso de volver a fallar, esto supondría la pérdida total y permanente del subsidio.
Muy Grave: Estos tipos de circunstancia se consideran a aquellas en la cual el beneficiado pierde en su totalidad absoluta la ayuda por parte del ente encargado.
Las penalidades aquí presentadas pueden ser revertidas, esto será acudiendo presencialmente a las oficias del ente que se encargue de la ayuda, en este deberá de presentar un justificativo a la no asistencia, esto debe de presentarse los primeros 15 días hábiles.