Ayudas por impago de pensión de alimentos

Ayudas por impago de pensión alimenticia

Si te encuentras en la situación que sufres un impago de pensión de alimentos, tienes que saber que tienes a tu disposición ayudas por parte del Fondo de Garantía del pago de Alimentos, creado por el ministerio de Hacienda.

Te recomendamos leer nuestro articulo y si te quedan dudas, llamar al teléfono que pone a disposición el ministerio de hacienda para estos casos: 900 503 055. Es el teléfono de la Unidad de Clases Pasivas, al que hay que dirigirse.

Con esta ayuda, se pretende garantizar que todas aquellas madres solteras, divorciadas o separadas, padres o tutores legales reciban la pensión alimenticia acordada.

Ver ayudas para madres solteras, divorciadas o separadas.

Así, se garantiza que los hijos menores o bien, mayores de edad si tienen un grado de discapacidad superior al 65% estén protegidos.

El ministerio de Hacienda, mediante el Fondo de Garantía del pago de alimentos, abonará y se hará cargo de la pensión y al mismo tiempo reclamará la cuantía total a la persona que cause el impago.

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

La ayuda por impago de pensión de alimentos pueden solicitarla todas aquellas madres, padres o tutores legales en los siguientes supuestos.

  • Españoles o ciudadanos de la Unión Europea cuyos hijos no reciban la pensión de alimentos que tengan concedida por ley siempre que estos sean menores de edad o si son mayores de edad, tengan una discapacidad superior al 65%.
  • Inmigrantes residentes en España con todos los papeles en regla, siempre y cuando en su país de origen exista la misma ayuda o una parecida a esta y se otorgue a Españoles residentes en aquel país.

En los casos en los que la madre sea víctima de violencia de genero, se aplicará el carácter urgente a la aprobación y concesión de esta ayuda. También se aplicará este carácter en casos de familias con pocos ingresos, os lo explicamos más abajo.

Requisitos para solicitar esta ayuda:

Los requisitos para poder solicitar esta ayuda se basan principalmente en que tiene que haber una demanda impuesta reclamando el pago de la pensión y los ingresos de la unidad familiar están sujetos a ser inferior a los máximos que pone la ley, que son los siguientes:

Cuando los ingresos de la familia sean inferiores a 9.585,20 euros cuando se tiene un hijo, a 11.182,73 euros cuando se tienen dos hijos, a 12.780,26 euros cuando se tienen tres hijos, con 4 hijos con límite de 14.377,79 euros y así iría subiendo proporcionalmente.

Aquí como ingresos entran tanto los ingresos por rendimiento de trabajo, pagos en especie, rendimientos patrimoniales .etc. Básicamente, se tiene en cuenta la cuantía ingresada por la familia en la declaración de la renta.

Además de los requisitos de ingresos, hay una serie de premisas que causarían baja de esta prestación. Son las siguientes:

  • Cuando el beneficiario cumpla 18 años.
  • Cobro completo del máximo de 18 cuotas.
  • Que finalmente, se pague por la otra parte la pensión de alimentos.
  • Si fallece o bien el beneficiario o bien el encargado de pagar la pensión.
  • Que cambie la situación de ingresos y se ingrese más que el limite establecido en cada caso.

Cuantía ayuda pensión pago alimentos

La cuantía establecida por ley para la ayuda de pensión por impago de alimentos será de 100 euros mensuales durante un máximo de 18 meses. Es decir, como máximo se percibirán 1800 euros.
En los casos en los que el propio pago de la pensión fuera inferior a 100 euros, se abonará el importe concedido.

Además, es muy importante saber que en ningún caso se puede cobrar una ayuda de naturaleza parecida, aunque la otorgue otro organismo, por lo que se tiene que elegir una. Es algo que debes valorar.

También tienes que tener en cuenta, que este tipo de ayudas es un anticipo.

¿Cómo se solicita esta ayuda?

Esta ayuda se solicita al Ministerio de Hacienda. Hay que rellenar un documento llamado «Modelo de solicitud de Anticipo».

Una vez rellenado este documento y entregada toda la información requerida por la administración, recibiremos respuesta en un plazo de unos 3 meses desde la fecha de presentación. En los casos de victimas de violencia de genero o de familias con pocos recursos, se reduce la resolución a los 2 meses.

¿Donde se entrega este documento?. Pues tienes dos opciones, o bien lo entregas en alguna de las delegaciones de Economía y Hacienda de tu localidad o bien puedes entregarlo en la oficina del ciudadano de la dirección general de costes.

Además del documento, habrá que aportar otra información relevante para que te aprueben esta ayuda.

  • Adjuntar la resolución judicial de la pensión alimenticia (basta una copia).
  • Justificar la demanda por impago de la pensión.
  • Escrito por el abogado de la Administración de Justicia que justifique el no cobro de la pensión.
  • Certificado de nacimiento o libro de familia, válido el DNI en caso que lo tenga.
  • Para inmigrantes que su país de origen no sea la unión europea se deberá justificar la residencia en España de manera legal.
  • Para mayores de edad discapacitados con un grado superior al 65% deberán justificar el grado de discapacidad.
  • Los tutores legales deberán justificar que tienen la tutoría de manera legal.

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